SCJN invalida operaciones encubiertas de la Guardia Nacional
Sin embargo, el máximo tribunal permitió que la nueva corporación realice aseguramiento de migrantes.
- Redacción AN/ SBH

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad de la Guardia Nacional para llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados, pues esta técnica solo sería útil en la investigación de delitos, que corresponde al Ministerio Público.
El máximo tribunal consideró que dejar vigente esta atribución abría la puerta a la obtención de pruebas ilícitas, así como a la violación a los derechos a la privacidad y a la no incriminación.
La SCJN sigue analizando impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional.
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Por otra parte, el Pleno también validó facultades de investigación para la prevención del delito.
En este sentido, el tribunal permitió recabar información en lugares públicos; obtener, analizar y procesar información; así como realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la red pública de internet, en los tres casos para prevenir conductas delictivas.
Además, la Guardia Nacional podrá solicitar a la autoridad judicial la intervención de comunicaciones para la prevención del delito.
Podrá requerir a las autoridades competentes y solicitar a las personas físicas o morales informes y documentos para fines de investigación.
En materia migratoria, se les permitirá vigilar e inspeccionar la entrada y salida de personas del país.
También podrán inspeccionar los documentos migratorios de personas extranjeras y, en su caso, presentar a quienes se encuentren en situación irregular, pero de manera subordinada al Instituto Nacional de Migración (INM).
En este sentido podrán apoyar el aseguramiento que realice el Instituto Nacional de Migración y para resguardar las estaciones migratorias y a los extranjeros que en ellas se encuentren.
La discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN.
